Avisos 3/19 Para pequeñas empresas bancarias y de seguros
06/11/2017 2022-12-06 15:10Avisos 3/19 Para pequeñas empresas bancarias y de seguros
Datos de la publicación: 22/02/2019
Cierre previsto: 31/12/2019
Resumen del aviso
El Aviso financia planes empresariales, sectoriales y territoriales destinados a actualizar y reciclar a los trabajadores de las pequeñas entidades bancarias y aseguradoras.
El aviso permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2019.
La asignación financiera total para la Notificación es de 8.250.413,63 € (ocho millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos trece euros y sesenta y tres céntimos).
El valor de un Plan puede ser de un máximo de 200.000,00 € (doscientos mil euros).
Los requisitos esenciales para participar en un plan de formación contemplado en este Aviso son:
a) membresía completada antes del 31 de enero de 2019 (válida para diciembre de 2018);
b) tener un número de empleados inscritos en el Fondo al 31 de enero de 2019 (a fecha de enero de 2019) no superior a 500, excluidos los directivos. Quedan excluidas las empresas pertenecientes a un Grupo cuya empresa matriz tenga más de 500 empleados, excluidos los directivos;
c) cumplir, a partir de la declaración de contribuciones de enero de 2013, con el ingreso en el sistema informático CFI (Fondo Interprofesional de Contribuciones) de los datos relativos a las declaraciones mensuales presentadas al INPS.
Las empresas incluidas en la letra b) pueden participar en el Aviso 3/19 si presentan la solicitud exclusivamente para sus empleados. En este caso, no pueden participar también en el Aviso 1/19.
Las solicitudes de financiación podrán presentarse exclusivamente en línea a partir del 20 de marzo de 2019.
Las actividades solo podrán comenzar una vez presentada la solicitud de financiación al Fondo y deberán completarse en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de presentación del Plan, bajo pena de revocación o revisión de la financiación.
Los parámetros de financiación proporcionados por el Fondo para una hora de formación por trabajador se indican en la siguiente tabla:
Se pueden organizar salas de formación para grupos reducidos de hasta 4 participantes, con un máximo de 10 sesiones por módulo. Los parámetros de financiación que ofrece el Fondo, por hora de formación por trabajador, se muestran en la siguiente tabla:
Cualquier tipo de actividad formativa realizada mediante formación en el puesto de trabajo, trabajo por proyectos o participación en seminarios y conferencias se valorará en 10,00 €/hora.
Las actividades de formación a distancia (FAD, por sus siglas en inglés) se valorarán en 20,00 €/hora y el sistema utilizado deberá contemplar la certificación del aprendizaje.
La formación obligatoria está incluida en los siguientes temas y será financiada si así lo prevén explícitamente las Partes en el Acuerdo Sindical y solo en caso de que se utilice el régimen de ayudas "de minimis" (Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión):
– Ley consolidada de seguridad (Decreto Legislativo 81/2008) y sus posteriores modificaciones;
– Reglamento IVASS n.º 40, de 2 de agosto de 2018, relativo a las materias que deben cumplirse para la realización de los cursos de formación y actualización previstos en la Parte IV, Título 1, Artículo 86 del Reglamento IVASS (véase el Anexo 1).
Los cursos de formación y actualización exigidos por el Reglamento IVASS n.º 40, de 2 de agosto de 2018, no se consideran formación obligatoria si los solicitan las siguientes entidades:
– compañías de seguros y reaseguros;
– intermediarios registrados en las secciones A (Agentes), B (Corredores) y D (Bancos, SIM, Intermediarios Financieros y Poste Italiane) del RUI (Registro Electrónico Único de Intermediarios de Seguros y Reaseguros).