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La FBA ha publicado el aviso 1/16 para planes corporativos, sectoriales y territoriales.

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La FBA ha publicado el aviso 1/16 para planes corporativos, sectoriales y territoriales.

Aviso 1/16 para planes corporativos, sectoriales y territoriales

  • Fecha de publicación: 05 / 04 / 2016
  • Se espera el cierre: 31 / 10 / 2016
  • dotación financiera → 46.000.000,00 €

Resumen del aviso 

La convocatoria financia planes empresariales, sectoriales y territoriales destinados a fortalecer y desarrollar la empleabilidad, la adaptabilidad y las competencias de los trabajadores, así como a aumentar su competitividad.

El aviso permanecerá abierto hasta el 31 de octubre de 2016.

La asignación financiera para la Notificación es de 46.000.000,00 € (cuarenta y seis millones de euros).

Cada empresa, incluso si se beneficia de varios planes, tiene derecho a un monto total de financiamiento basado en el número de empleados inscritos en el Fondo al 31 de enero de 2016 (o al 31 de diciembre de 2015), excluyendo a los gerentes. La siguiente tabla muestra las categorías de financiamiento.

Clases de tamaño  Financiación total para una sola empresa
Hasta 80 empleados17.250,00€
De 81 a 250 empleados69.000,00€
De 251 a 500 empleados138.000,00€
De 501 a 1.500 empleados230.000,00€
De 1.501 a 3.000 empleados368.000,00€
De 3.001 a 5.000 empleados598.000,00€
De 5.001 a 7.500 empleados874.000,00€
De 7.501 a 10.000 empleados1.196.000,00€
De 10.001 a 30.000 empleados3.680.000,00€
De 30.001 a 40.000 empleados5.520.000,00€
Más de 40.000 empleados6.440.000,00€

 La financiación solicitada al Fondo para cada Plan no podrá exceder el valor de 2.000.000,00 € (dos millones de euros).

 La financiación real de un plan de formación estará relacionada con la puntuación total obtenida, según los siguientes parámetros:

Parametrización de la financiación basada en puntuaciones

=> 650 puntos < 700 puntos=>700 puntos =< 800 puntos>800 puntos
80% de la financiación solicitada90% de la financiación solicitada100% de la financiación solicitada

Los requisitos esenciales para participar en un plan de formación contemplado en este Aviso son:

a) membresía completada antes del 31 de enero de 2016 (válida para diciembre de 2015);

b) contribución total, a 31 de enero de 2016, igual o superior a 3.000,00 €;

c) estar en cumplimiento, a partir de la declaración de contribución de enero de 2013, con el ingreso en el sistema informático CFI (Fondo Interprofesional de Contribución) de los datos relativos a las declaraciones mensuales presentadas al INPS;

d) número de empleados registrados en el Fondo al 31 de enero de 2016 (a diciembre de 2015), excluidos los gerentes, igual o superior a 501;

e) número de empleados registrados en el Fondo al 31 de enero de 2016 (a diciembre de 2015), excluidos los gerentes, menos de 501 pero pertenecientes a un Grupo cuya Compañía Líder cumple con el requisito establecido en la carta d anterior).

Las solicitudes de financiación solo se pueden presentar en línea, a partir del 18 2015 de abril.

Las actividades solo podrán comenzar una vez presentada la solicitud de financiación al Fondo y deberán completarse en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de presentación del Plan, bajo pena de revocación o revisión de la financiación.

Los parámetros de financiación proporcionados por el Fondo para una hora de formación por trabajador se indican en la siguiente tabla:

Parámetros de financiación
formación obligatoria 7,50€/hora
Formación, actualización, desarrollo y reconversión30,00€/hora
Idioma extranjero: con certificaciones de entrada y salida y acreditaciones de nivel con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) o TOEFL.20,00€/hora
Informática – con certificación AICA25,00€/hora
Informática – con certificación de nivel de entrada y salida20,00€/hora

 Cualquier tipo de actividad formativa realizada mediante formación en el puesto de trabajo, trabajo por proyectos o participación en seminarios y conferencias se valorará en 10,00 €/hora.

Las actividades de formación a distancia (FAD, por sus siglas en inglés) se valorarán en 20,00 €/hora y el sistema utilizado deberá contemplar la certificación del aprendizaje.

La formación obligatoria está incluida en los siguientes temas y será financiada si así lo prevén explícitamente las Partes en el Acuerdo Sindical y solo en caso de que se utilice el régimen de ayudas "de minimis" (Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión):

– Lucha contra el blanqueo de capitales (Decreto Legislativo nº 78 de mayo de 2010);

– Ley consolidada de seguridad (Decreto Legislativo 81/2008) y sus posteriores modificaciones;

– Reglamento IVASS n.º 6, de 2 de diciembre de 2014, relativo a las materias que deben cumplirse en los cursos de formación y actualización previstos en el capítulo II, artículo 4 del Reglamento IVASS (véase el anexo 1).

Los cursos de formación y actualización exigidos por el Reglamento IVASS n.º 6, de 2 de diciembre de 2014, no se consideran formación obligatoria si los solicitan las siguientes entidades:

– compañías de seguros y reaseguros;

– intermediarios registrados en las secciones A (Agentes), B (Corredores) y D (Bancos, SIM, Intermediarios Financieros y Poste Italiane) del RUI (Registro Electrónico Único de Intermediarios de Seguros y Reaseguros).

fuente: http://www.fondobancheassicurazioni.it/avviso.asp?avviso=74

Descargue aquí el texto del aviso.

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