Fideicomisos: incluso el Banco de Italia los reconoce.
07/12/2021 2022-12-06 11:29Fideicomisos: incluso el Banco de Italia los reconoce.
Fideicomisos: incluso el Banco de Italia los reconoce.
Editado por Fabrizio Vedana
No existe ninguna prohibición para que un fideicomiso sea accionista, incluso de una participación significativa, en un banco, una empresa de inversión, una compañía de seguros o una empresa de gestión de activos.
El Banco de Italia aclaró esto en su disposición del 27 de octubre, en la que estableció la información y los documentos necesarios para la solicitud de autorización para adquirir una participación accionaria que cumpla con los requisitos de menor riesgo.
Si la compra de una participación accionaria que cumpla los requisitos se realiza a través de un fideicomiso, se le deberá transmitir lo siguiente:
a) información relativa al fideicomiso, como el nombre, el domicilio social, la ley aplicable y el propósito para el cual se constituye el fideicomiso;
b) información relativa al fideicomitente:
- En caso de que el fideicomitente sea una persona física: nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad y código fiscal;
- En el caso de que el fideicomitente sea una persona jurídica: nombre y domicilio social, identidad de los administradores, identidad de la persona física que controla al fideicomitente o, en el caso de una persona jurídica, identidad de los administradores de la empresa;
c) Información adicional relativa al fideicomisario:
- facultades y ámbitos de discreción del fideicomisario en el ejercicio de las facultades relativas a los activos transferidos al fideicomiso;
- distribución de las participaciones de los ingresos del fideicomiso reservadas para los fideicomisarios, o métodos alternativos de remuneración;
- activos y fuentes de financiación sujetos al control del fideicomisario;
d) información relativa a los beneficiarios:
- identidad de los beneficiarios; si no se identifican los beneficiarios, describa los criterios de identificación y las características de la clase de la que se seleccionan los beneficiarios;
- Cuando proceda, facultades para solicitar la disolución del fideicomiso;
- distribución de las ganancias y los activos transferidos al fideicomiso;
e) información relativa a los protectores:
- En el caso de una persona física: nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento;
- En el caso de una persona jurídica: nombre y domicilio social; identidad de los administradores; identidad de la persona física que controla al protector o, en el caso de una persona jurídica, identidad de los administradores de la empresa.
- poderes protectores.
Estas disposiciones revisten gran importancia para todos los bancos e intermediarios que se ven obligados a realizar una debida diligencia en materia de prevención del blanqueo de capitales sobre un fideicomiso por al menos dos razones.
En primer lugar, confirman la validez jurídica del instrumento fiduciario, que aún hoy se cuestiona en ocasiones en el mundo bancario y financiero: si, de hecho, el propio Banco de Italia, la autoridad que supervisa los bancos, reconoce y admite que un fideicomiso (ya sea italiano o extranjero) puede ser accionista de un banco, ya no se puede poner en duda que ese mismo fideicomiso también pueda ser titular de una cuenta bancaria si la escritura de constitución correspondiente lo permite.
En segundo lugar, con la disposición emitida el pasado octubre, el Banco de Italia parecía querer definir los procedimientos para llevar a cabo la debida diligencia sobre el fideicomiso y las partes involucradas en sus diversas funciones (fideicomitentes, fiduciarios, beneficiarios y protectores).
Por lo tanto, los funcionarios encargados de la lucha contra el blanqueo de capitales y las oficinas de cumplimiento normativo pueden tener en cuenta estas disposiciones al definir sus propios procedimientos contra el blanqueo de capitales.